El Ministerio de Sanidad ha elaborado una guía de buenas prácticas para las empresas que vuelvan su actividad tras la suspensión obligatoria decretada por el Gobierno con motivo del COVID-19.Tras las vacaciones de Semana Santa y el fin del permiso retribuido recuperable, a partir de este lunes se vuelve a la situación de los primeros 15 días del estado de alarma. Vuelven a reincorporarse los trabajadores de actividades no esenciales, como la construcción, pero se mantienen los protocolos del carácter preferente del trabajo a distancia y el teletrabajo cuando se pueda desarrollar de esa forma, junto a las medidas de protección e higiene.
En Bufete Sempere Jaén, como despacho de abogados especializado en el asesoramiento de empresas, te resumimos las principales medidas: escalonar la entrada y salida de los centros de trabajo, minimizar el contacto entre trabajadores y clientes o público, manteniendo la distancia de seguridad y evitar en lo posible el empleo de transporte público.
Consejos para evitar contagios en el trabajo
- No deben incorporarse las personas con enfermedades crónicas. Deben solicitar una baja médica.
- Guardar distancia como mínimo de un metro en los transportes públicos (mejor dos). Extremar la limpieza de vehículos privados y sentarse solo una persona por fila.
- Asegurar las distancias interpersonales en establecimientos y centros de trabajo. Limitar para ello los aforos y controlar los accesos.
- Es recomendable que las empresas escalonen los horarios.
- Evitar saludos y contactos. Lo más eficaz es lavarse las manos con agua y jabón o solución hidroalcohólica y cubrirse la boca al toser.
- Las mascarillas higiénicas son recomendables, especialmente en el transporte público.
¿Qué empresas retoman la actividad?
- Continuarán los servicios esenciales del personal sanitario, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, el Ejército, los servicios de seguridad y telecomunicaciones, aduanas, suministro y distribución de alimentos y productos de primera necesidad, suministro de energía eléctrica y de productos derivados del petróleo y gas natural.
- Empresas e industrias auxiliares, de componentes, limpieza, vigilancia y seguridad, mantenimiento y averías urgentes y transportes de mercancías y personas, así como la recogida de basuras y el abastecimiento de agua y el transporte público, sujeto a restricciones de oferta.
- Los servicios ligados a la administración de Justicia continuarán con su actividad, así como los medios de comunicación.
- En cuanto a la construcción, no afectará a aquellas construcciones o reparaciones de carácter «urgente», como instalaciones, averías o tareas de vigilancia del inmueble.
- Se suspenden las obras de intervención en los edificios en los que haya personas ajenas a la construcción, con el fin de evitar el contacto entre trabajadores y habitantes.
PROTOCOLO DE INCORPORACION AL TRABAJO