El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha dado luz verde a la ley 1/2019 de Secretos Empresariales que ha entrado hoy en vigor. ¿Qué es y como funciona la Ley de Secretos Empresariales? Desde el despacho de abogados Bufete Sempere Jaén, especialistas en Derecho Fiscal y Laboral, además de especialistas en Auditoría y Consultoría para las Empresas, hoy te damos las principales claves.
Protección ante la apropiación indebida
La razón de ser de esta nueva ley llega de la Directiva de la Unión Europea 2016/943 del Parlamento Europeo y del Consejo de 8 de junio de 2016 para la protección de los conocimientos técnicos y la información empresarial no divulgada contra su obtención, utilización y revelación ilícitas.
La ley considera secreto empresarial cualquier información o conocimiento, incluido el tecnológico, científico, industrial, comercial, organizativo o financiero, que reúna las siguientes condiciones:
- Ser secreto, porque no es generalmente conocido por las personas pertenecientes a los círculos en que normalmente se utilice el tipo de información.
- Tener un valor empresarial, ya sea real o potencial, precisamente por ser secreto
- Haber sido objeto de medidas razonables por parte de su titular para mantenerlo en secreto.
La Ley distingue entre la obtención Lícita (Art. 2) e Ilícita de secretos profesionales, y determina que las medidas previstas en la Ley se aplicarán solo a las conductas definidas como ilícitas:
- La obtención de secretos empresariales sin consentimiento de su titular mediante el acceso, apropiación o copia no autorizadas de documentos, objetos, materiales, sustancias, ficheros electrónicos u otros soportes, que contengan el secreto empresarial o cualquier otra actuación que, en las circunstancias del caso, se considere contraria a las prácticas comerciales leales.
- La utilización o revelación de un secreto empresarial sin el consentimiento de su titular y por quien haya obtenido el secreto empresarial de forma ilícita, haya incumplido un acuerdo de confidencialidad o cualquier otra obligación de no revelar el secreto empresarial, o quien haya incumplido una obligación contractual o de cualquier otra índole que limite la utilización del secreto empresarial.
- La producción, oferta o comercialización de mercancías infractoras o su importación, exportación o almacenamiento con tales fines, cuando la persona que las realice sepa que el secreto empresarial que incorporan se había utilizado de forma ilícita
Acciones judiciales por lo Civil
Para proteger el secreto empresarial y los derechos que la Ley reconoce, se establecen acciones legales de defensa de los secretos empresariales. Esas acciones judiciales tienen carácter civil y se enumeran en el artículo 9 de la Ley.
- La declaración de la violación del secreto empresarial a la indemnización de los daños y perjuicios.
- La cesación o, en su caso, la prohibición de los actos de violación del secreto empresarial, la prohibición de fabricar, ofrecer, comercializar o utilizar mercancías infractoras, la aprehensión de las mercancías infractoras y de los medios destinados únicamente a su producción,
- La entrega al demandante de la totalidad o parte de los documentos, objetos, materiales, sustancias, ficheros electrónicos y cualesquiera otros soportes que contengan el secreto empresarial, y en su caso su destrucción total o parcial, la atribución en propiedad de las mercancías infractoras al demandante y la publicación o difusión completa o parcial de la sentencia.