El nuevo permisos de paternidas entra en vigor desde el 1 de enero de 2021. Y la gran novedad será su tiempo de duracion: se amplía a de 16 semanas. Las seis primeras tras el parto. Las 8 semanas restantes el padre las podrá disfrutar de manera continuada o interrumpida, en régimen de jornada completa o parcial, durante el primer año de vida del hijo/a.
Otra de las novedades es que la madre biológica podrá ceder al otro progenitor hasta dos semanas de su periodo de suspensión de disfrute no obligatorio. Se trata de un derecho individual e intransferible sin que pueda transferirse al otro progenitor.
¿Como se puede solicitar?
Para poder solicitar este permiso, es necesario estar afiliado y dado de alta en la Seguridad Social y tener cubierto un período de cotización de 180 días dentro de los siete años anteriores a la fecha de inicio de dicho permiso o, tener 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral con anterioridad a esta fecha.
En cuanto al permiso derivado de adopción de un menor, para el año 2021 se sitúa en 16 semanas (ampliables según supuestos) para cada progenitor, de las cuales 6 semanas obligatorias deberán disfrutarse de forma ininterrumpida y a jornada completa tras la adopción. Las 10 semanas restantes, en periodos semanales, de forma acumulada o ininterrumpida, dentro de los 12 meses siguientes a la resolución judicial o decisión administrativa.