¿Qué tipo operaciones combinan elementos del Derecho Societario, Laboral y de Garantías? Hoy hablamos de un caso práctico. Las financiaciones de Management Buyouts conocidas como MBOs en las que ha tomado parte nuestro abogado en Bufete Sempere Jaén, Jesús Morant y que ha publicado junto a dos compañeros en la revista diario La ley.
En concreto, el trabajo presentado es un caso real en que Target era una sociedad limitada española dedicada a la concesión de préstamos a terceros, que planeaba llevar a cabo una reestructuración societaria, como resultado de la cual los administradores adquirirían una participación de control en Target.
Esta reestructuración iba a ser financiada por otro «prestamista alternativo» y garantizada con prendas sobre bienes y derechos de Target.
El caso de estudio
Para ilustrar este trabajo, Jesús Morant se sirve de una operación que se planteó recientemente en el ejercicio profesional (como asesores legales del financiador —un fondo de direct lending—) y que, por razones ajenas a su planificación legal, nunca llegó a consumarse.
Se trata de una sociedad limitada unipersonal, filial española de un fondo de deuda que concede préstamos a personas físicas y a empresas pequeñas y medianas. En tanto que sociedad limitada, Target no tiene la condición de entidad de crédito, ni de establecimiento financiero de crédito. En otras palabras, Target es un prestamista alternativo, que forma parte del fenómeno conocido como banca en la sombra o shadow banking.
El socio único de Target es otra sociedad limitada española («HoldCo») cuyo socio único, a su vez, es una Limited Liability Company con sede en Londres («TopCo»). Desde TopCo se preveía reestructurar el grupo en España, de manera que los miembros del consejo de administración de Target (los «Consejeros») adquiriesen una participación mayoritaria (51%) en Target de forma indirecta, a través de una sociedad de nueva creación («NewCo»), que adquiriría todas las participaciones de HoldCo, y que estaría participada en un 51% por los Consejeros y en un 49% por TopCo.
La operación se financiaría mediante un préstamo concedido por nuestro cliente, a través de una sociedad SPV constituida en Luxemburgo («FinCo»). Como suele ser habitual en los MBOs, la propia Target sería la deudora del préstamo, y otorgaría varias prendas a favor de FinCo sobre diversos derechos de crédito y cuentas bancarias. Por su parte, HoldCo sería garante solidario de las obligaciones de Target bajo el contrato de préstamo. Para mayor facilidad, incluimos debajo un esquema de la operación:
Este tipo de estructuras de co-inversión (en las que participan los gestores de la sociedad-objetivo), suelen plantear problemas de asistencia financiera.
En este trabajo, se aclara que esta estructura ya estaba acordada en el momento en que los abogados se involucran en la operación (en virtud de un «term sheet» ya firmado por las partes), de forma que no contaban con margen para alterar el esquema societario (v.g., mediante la interposición de sociedades luxemburguesas —LuxCos— de cara a constituir garantías). Además, los términos del acuerdo implicaban que los consejeros no asumirían ningún tipo de riesgo financiero (lo que excluía fórmulas de «préstamos espejo» de Target a los Consejeros).
Estos condicionantes planteaban una serie de dificultades para el diseño legal de unas garantías que no contraviniesen la prohibición de asistencia financiera, y que a su vez otorgaran una adecuada protección en un hipotético concurso de acreedores de Target.
Caso Práctico