El Instituto de Crédito Oficial (ICO) despeja el camino a procesos de reestructuraciones de deudas, encallados, en muchos casos, por las dudas que suscitaba el tratamiento de los créditos que avala con la reforma concursal. En una nota explicativa remitida a los bancos, les habilita para otorgar un año extra de carencias en el repago de la deuda y clarifica que su deuda es susceptible de sufrir quitas sin que se pierdan los avales expedidos (cubren entre un 70 y 80% el riesgo en las financiaciones que garantiza).
Hoy en Bufete Sempere Jaén abordamos una de las novedades de la Ley Concursal desde su puesta en marcha.
¿Que es la Disposición Adicional Octava?
La Disposición Adicional Octava abría la puerta a que los ICO puedan reestructurarse sin el permiso de la Agencia Tributaria, siempre que se cumpla con las condiciones impuestas en el Consejo de Ministros, aunque si el juez determina conflicto de interés o el Estado así lo considerarse, entrarán los Abogados del Estado como representantes de esos préstamos.
Según la nota oficial del ICO, se capacita a la entidad financiera a «conceder una carencia de capital adicional de 12 meses a los 24 que marcaba la ley» sin necesidad de recabar autorización a Hacienda. La banca puede ampliar a tres años las carencias de forma bilateral. Es decir, esta alternativa se suma al cajón de herramientas de que disponen las entidades para reestructurar deuda de empresas sin necesidad de obtener permiso previo y entre las que figura la posibilidad de recalendarizar las amortizaciones (fechas de cobro e importe de las cuotas) siempre que no exceda esos ocho años de devolución máxima de la deuda fijado por ley en los créditos avalados.
La nota técnica del ICO abre, en cualquier caso, la opción de extender dichos plazos más allá, aunque en su caso bajo la condición de contar con el visto bueno de la Agencia Tributaria como ocurrirá también con las quitas.
La normativa establecía desde su origen la posibilidad de aplicar rebajas en la financiación avalada por el ICO, junto al resto de deudas, entre las fórmulas para ayudar a las empresas en dificultades a encarar el abono del resto y evitar el impago en su totalidad.
Sin embargo, las dudas sobre la validez de sus garantías estaban afectando a la actuación de la banca en estos casos.