El concurso sin masa es la modalidad de concurso de acreedores, para empresa en situación de insolvencia, sin bienes y con deudas que hacen inviable su continuidad. Se regula en los artículos 37 bis y siguientes de la reforma de la Ley Concursal del 2022, que entró en vigor el 26 de septiembre.
La transposición de la directiva europea 2019/1023 de reestructuración e insolvencia ha supuesto un profundo cambio del sistema concursal español donde se han introducido, mediante la reforma de la Ley Concursal que entró en vigor en septiembre de 2022.
Desde Bufete Sempere Jaén como despacho especializado en la empresa, hoy te damos algunas claves para desarrollar este procedimiento.
Sin masa, antiguo concurso express
Con el nuevo concurso de acreedores sin masa (antes concurso express), que regula la Ley Concursal (Reforma 2022), las sociedades mercantiles en situación de insolvencia, pueden cesar su actividad y disolverse aun teniendo deudas con acreedores, siempre que cumplan unos requisitos.
Este es un procedimiento más sencillo y rápido que un concurso de acreedores ordinario, que dura menos tiempo y menos costoso. Y permite cerrar y disolver la empresa teniendo deudas pendientes, evitando las demandas de acreedores, gestiones de recobro de deudas y situación de morosidad, pudiendo empezar de nuevo desde cero.
Pars articular un concurso sin masa, se deben dar una serie de corcunstancias:
- El concursado carece de bienes y derechos que sean legalmente embargables.
- El coste de realización de los bienes y derechos del concursado es manifiestamente desproporcionado respecto al previsible valor venal.
- Los bienes y derechos del concursado libres de cargas son de valor inferior al previsible coste del procedimiento.
- Los gravámenes y las cargas existentes sobre los bienes y derechos del concursado lo son por importe superior al valor de mercado de esos bienes y derechos