El Consejo de Ministros del próximo martes aprobará un nuevo sistema de cuotas de cotización para los trabajadores autónomos a través de un real decreto ley que, una vez convalidado por el Congreso de los Diputados, será tramitado como proyecto de ley.
El nuevo régimen establece que quien cobre menos de 670 euros va a pagar más de 200 euros al mes y que quien cobre más de 6.000 va a pagar 600.
¿Cuándo va a entrar en vigor el nuevo sistema?
El 1 de enero de 2023, dentro de 5 meses.
¿Cómo se pide estar en una franja en función de lo que se cobra?
Los autónomos, a principio de año, con una herramienta que se llama ‘importas’. Esa herramienta hará que los autónomos introduzcan una cotización esperada de sus rendimientos durante el año. Tendrán la posibilidad en esta herramienta de modificarla 6 veces al año. A medida que avanza el año podrán ir ajustando o no el nivel, por lo que podrán ir cotizando en el tramo correspondiente al rendimiento que ellos vayan fijando cada dos meses. cuando termine el año.
SI has pagado de más la Seguridad Social me devuelve y si he pagado de menos, tengo que pagar yo. ¿Es así?
Sí, porque son cotizaciones para tener derechos.
¿Cómo funciona el sistema para quien no tiene una actividad constante?
Cada dos meses podrá ir ajustando. Esos autónomos con rendimientos estacionales tenían que pagar todos los meses el mínimo de 300 euros. Ahora pueden pagar 200, 230 euros. En los períodos más bajos puede bajar su cotización o subirla a través de la herramienta cada dos meses, lo que da mucha flexibilidad.
¿Qué pasa con los que ahora tienen la tarifa plana inicial? ¿Habrá tarifa plana con el nuevo acuerdo?
Cuando acabe la tarifa plana pasará a tener que cotizar en el tramo en el que corresponda con los tramos que hemos establecido. Si está en los rendimientos bajos pues pasará de los 295 euros actuales a 230 euros ahora y 200 en 2025. Tendrá la posibilidad de cotizar por esos niveles más bajos. No va a haber una tarifa plana como tal pero se mantiene la norma para los que pasen por la situación de arrancar la actividad de autónomo. Habrá una cuota el primer año de 80 euros y el segundo año se mantendrá siempre que haya ingresos por debajo del salario mínimo.
¿Qué pasa con los autónomos societarios?
Los societarios, si tienen rendimientos netos por debajo del SMI, ahora mismo tienen una cotización mínima de 1.300 y se va a bajar a 1.000. Podrán tener una reducción, pero no una reducción como los autónomos por debajo. Los societarios van a ver reducida la cuota menos que los societarios, no van a poder llegar a esas cuotas. Los societarios van a poder desgravarse como rendimientos netos adicionales un 3% de tipo genérico, de rendimientos que no puedan justificarse como gastos relacionados con la actividad que están realizando.