Entra en vigor el nuevo reglamento de Auditoría. El Consejo de Ministros ha aprobaro dos reales Decretos que actualizan el marco contable y de auditoría español para adaptarlo a la normativa europea, mejorar la confianza de los inversores y fortalecer los mercados de capital.
Uno de estos Reales Decretos publicados en el Boletín Oficial del Estado del sábado 30 de enero, el Real Decreto 2/2021, aprueba el Reglamento que desarrolla la ley 22/2015, de auditoría de cuentas, detallando las condiciones, requisitos y formalidades que deben cumplir los profesionales de la auditoría y estableciendo un nuevo régimen sancionador para mejorar la transparencia en la función supervisora atribuida al Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC).
La modificación llevada a cabo sobre el ejercicio de la auditoría tiene como principales objetivos:
– Completar la normativa derivada de las reformas en el ámbito de la Unión Europea que, como consecuencia de la anterior crisis financiera, se integraron en la Directiva 2014/56,
– Aumentar la confianza en esta actividad y la credibilidad del informe de auditoría,
– Reforzar la transparencia en la actuación de los auditores, su independencia y la mejora de la calidad
– Impulsar una supervisión pública uniforme en todo el conjunto de la Unión Europea.
Este Reglamento, proporcionará más claridad y seguridad en la interpretación y ejecución de las disposiciones de la Ley de Auditoría, contribuyendo así a incrementar la fiabilidad de la información financiera que se audita y en la que confían los terceros
Las novedades
El Gobierno afirma que este Reglamento proporcionará más claridad y seguridad en la interpretación y ejecución de las disposiciones de la Ley de Auditoría de Cuentas de 2015, contribuyendo así a incrementar la fiabilidad en la información financiera que se audita y en la que confían los terceros que actúan en el mercado. De este modo la auditoría cumple con su función de interés público.
Para llevar a cabo el fortalecimiento de la independencia de los auditores se establecen los mecanismos para evitar conflictos de intereses, así como los requisitos necesarios de documentación en los papeles de trabajo del encargo del análisis de las amenazas a la independencia, así como las posibles medidas de salvaguarda adoptadas. Esa documentación está sujeta a la supervisión pública para garantizar el cumplimiento de las exigencias legales. También se establece el detalle de las reglas de cómputo para determinar los límites a la dependencia económica por alcanzarse un determinado nivel de concentración de honorarios.
En cuanto a la trasparencia sobre el trabajo de los auditores, la normativa establece un conjunto de requisitos de publicidad, entre los que destacan la obligación de emitir un informe anual de transparencia para los auditores de entidades de interés público y la obligación de publicar los resultados de las inspecciones periódicas llevadas a cabo a esos auditores por parte del ICAC.