Nuestro Departamento Laboral de Bufete Sempere Jaén aborda hoy en qué consisten las pensiones no contributivas y cuáles son los requisitos para poder acogerse a ellas, cuando llega la hora de la jubilación.
Según fuentes de la Seguridad Social, la pensión no contributiva es aquella prestación económica que se reconoce a aquellos ciudadanos que, encontrándose en situación de necesidad protegible, carezcan de recursos suficientes para su subsistencia en los términos legalmente establecidos, aun cuando no hayan cotizado nunca o el tiempo suficiente para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo.
Partimos de la base de que en España para jubilarte a los 65 años con la totalidad de la prestación debes haber cotizado un mínimo de 36 años y 9 meses a la Seguridad Social te puedes jubilar a los 65 años con la totalidad de la prestación, aunque a partir de 2027 será necesario acumular un mínimo de 38 años y 6 meses. A esto se le conoce como pensión contributiva. Pero no todo el mundo puede acceder a este tipo de jubilación, momento en el que adquieren importancia las pensiones no contributivas.
Para aquellos ciudadanos que carezcan de recursos suficientes, aun cuando no hayan cotizado nunca o el tiempo suficiente para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo, existen las llamadas pensiones no contributivas. Se pueden obtener por invalidez o jubilación.
¿Quién puede pedir una pensión no contributiva?
Todos aquellos ciudadanos españoles y nacionales de otros países, con residencia legal en España que cumplen los siguientes requisitos pueden beneficiarse de las pensiones no contributivas.
- Carecer de Ingresos Insuficientes: Cuando las rentas o ingresos de que se disponga, en cómputo anual, sean inferiores a 5.488 euros anuales.
- Por Jubilación: Tener 65 o más años y residir en territorio español, y haberlo hecho durante 10 años, en el período que media entre los 16 años y la de devengo de la pensión, de los cuales 2 han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
- Por Invalidez: Tener 18 años o más y menos de 65. Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de 5 años, de los cuales 2 han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud. Tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
Para este recién año estrenado, el Gobierno ha aprobado el Real Decreto-Ley 1/2020 de 14 de enero por el que las pensiones no contributivas se incrementan este año en un 0,9 por cien sobre la cuantía de la pensión correspondiente al año 2019. Así, la cuantía de las prestaciones no contributovas queda fijada en 5.538,40 euros, que se abonan en 12 mensualidades más dos pagas extraordinarias al año.